Si pierdes tu trabajo o capacidad de pago puedes regresar de nuevo al Régimen Subsidiado, para ello tu empleador debe reportar a través de la Planilla Integral de Aportes la novedad de tu retiro como trabajador. Si por el contrario, trabajabas como independiente, es tu deber presentar la novedad a más tardar dentro de los cinco (5) primeros días del mes y se hará efectiva vencido el mes por el cual pagaste la última cotización.
Este trámite también puedes hacerlo a través de nuestra oficina virtual en el enlace Novedad de Retiro. Ten en cuenta que de no informarlo a tiempo, se presentarán periodos en mora que deberán ser cancelados con sus respectivos intereses, de acuerdo a la normatividad vigente.
Al reportar la novedad de retiro, también evitas quedar sin acceso al Sistema de Seguridad en Salud, regresando al Régimen Subsidiado.